El pasado 9 de junio el Congreso de los Diputados ratificó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, sobre lxs trabajadorxs domésticxs.
Hablar de este convenio y del trabajo del hogar y de cuidados en el Estado español no solo implica reivindicar la lucha por la dignificación de las condiciones de trabajo de este sector altamente precarizado, empobrecido y sobredimensionado, sino que fundamentalmente implica hablar de la lucha de las trabajadoras migradas, quienes representan casi el 60% de la fuerza laboral del sector en el país.
Por ello, celebramos este paso importante en el reclamo histórico de las compañeras para revertir parte de las injusticias derivadas de la articulación de la normativa laboral y de la política migratoria, dos marcos legales restrictivos y discriminatorios que promueven la explotación y la desprotección de sus derechos básicos y que en su interacción hacen que sean ellas quienes deban poner el cuerpo para sostener un sistema de lógica extractivista y colonial.
Seguiremos acompañándolas en las negociaciones de este proceso que se ha puesto en marcha y que sienta al Estado español a negociar la equiparación de sus derechos y la igualdad de trato con el resto de la clase trabajadora.
El Convenio OIT 189 establece un conjunto de normas y estándares para la promoción y protección de derecho entre las cuales señalamos las más relevantes:
- la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio;
- la protección frente al acoso, abuso y violencia en el trabajo;
- condiciones de empleo equitativas y condiciones de trabajo decentes;
- el acceso a la información clara y adecuada sobre los términos y condiciones de empleo;
- igualdad de trato entre lxs trabajadorxs domésticxs y otrxs trabajadorxs en relación con las horas de trabajo y períodos de descanso, compensación por horas extras y vacaciones anuales pagadas, así como la protección de la seguridad social (incluyendo la portabilidad de los derechos de seguridad social);
- garantizar el salario mínimo y controlar la legalidad del salario por manutención y alojamiento;
- garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo;
- la cobertura del salario mínimo; ambiente de trabajo seguro y saludable;
- regulación de las agencias privadas de contratación;
- mecanismos de denuncia eficaces y accesibles y la inspección del trabajo eficaces y
- el derecho a la prestación por desempleo.